Desde este 16 de diciembre en países como Colombia, Venezuela y Ecuador se celebrará la tradicional novena de aguinaldos.
Diciembre es uno de los meses más importantes en Colombia debido a que representa tiempo de paz, armonía y familia. Lo anterior se debe en gran medida a que durante esta época del año se realizan diferentes celebraciones como el Día de las velitas, la Inmaculada Concepción de la Santísima Virgen María, Navidad y Año Nuevo. No obstante, hay una celebración en particular que es típica de la cultura colombiana y alegra el corazón de miles de niños: la novena de aguinaldos.
La novena se reza durante 9 días, desde el 16 hasta el 24 de diciembre, y tiene como objetivo principal rememorar los meses previos al nacimiento de Jesús y su llegada a Belén. Además de la tradición católica, los creyentes aprovechan para reunirse con sus seres queridos y compartir diferentes aperitivos típicos de navidad tales como buñuelos, natillas, empanadas, tamales, platos de lechona, galletas, entre otros.
Origen de la novena de aguinaldos
El origen de esta tradición se dio en 1743, cuando el sacerdote ecuatoriano Francisco Fray Fernando de Larrea decidió escribir un texto único para la época de fin de año por petición de Clemencia de Jesús Caycedo Vélez, fundadora del Colegio de La Enseñanza en Bogotá. El libro original contenía 52 páginas, se publicó por primera vez en 1784 y fue impreso por Antonio Espíndola, sin embargo, con el tiempo el texto se redujo para hacerlo más práctico.
En 1886 la madre María Ignacia, religiosa, poeta y escritora bogotana, la modificó y agregó los gozos. Actualmente durante los 9 días se repiten algunas plegarias, sin embargo, las consideraciones diarias cambian dependiendo del día. Este es el orden para rezar la novena: Oración para todos los días, consideraciones del día, oración a la Santísima Virgen, oración a San José, gozos o Aspiraciones para la venida del Niño Jesús, oración al Niño Jesús y villancicos.
¿Qué se celebra cada día de novena?
Durante el primer día de la novena se lee Juan 5:33-36 con el propósito de transformar el corazón de los creyentes por medio del evangelio. En el segundo día se lee el Salmo 71, texto que habla de la responsabilidad de todos con la paz mundial. En el tercer día se lee Mateo 1:18-24 con el objetivo de reflexionar sobre la justicia de cada uno para el nacimiento de la paz para todos. En el cuarto día se lee Lucas 1:5-17 meditar sobre la fuerza de la oración para alcanzar la paz.
En el quinto día se lee Lucas 1:26-38, anunciado que habla sobre la mujer como constructora de paz y reconciliación. En el sexto día se lee Lucas 1:39-45 con el fin de reflexionar sobre la fraternidad como fundamente y camino para la paz. En el séptimo día se lee Lucas 1:46-56, texto que tiene el propósito de renovar corazones para vencer la indiferencia y conquistar la paz. En el octavo día se lee Lucas 1:57-66 para pensar sobre la familia y su rol en la sociedad. Finalmente, en el día noveno se lee Lucas 1:67-79 con el objetivo de meditar sobre la reconciliación y el amor.
tomado de https://colombia.as.com/
Se han tomado estas medidas en respuesta a la necesidad de salvaguardar el orden público, la seguridad, la salubridad y especialmente la protección de niños, niñas, adolescentes y toda la ciudadanía ante los riesgos asociados con estos elementos.
Otros aspectos importantes del Decreto:
Restricción para menores y personas en estado de embriaguez: Se prohíbe la comercialización, porte, transporte, uso y manipulación de pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, así como globos de aire caliente, a menores de edad y personas en estado de embriaguez.
Sanciones y control estricto: Se aplicarán multas y sanciones a quienes incumplan este Decreto, con montos que oscilan entre dos y veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes, según la gravedad del caso. Además, se establece un riguroso control sobre la producción y fabricación de artículos pirotécnicos que contengan fósforo blanco.
Regulación de espectáculos públicos: Se requerirá un permiso especial para la realización de demostraciones públicas de pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, garantizando que sean ejecutados por técnicos o expertos debidamente acreditados y vinculados a empresas autorizadas por el Ministerio de Defensa Nacional.
Sumado a esto, quien vulnere lo dispuesto, se le impondrá una sanción que oscila entre los dos a veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes. El decreto estará en vigencia hasta el 31 de enero de 2024.
La Alcaldía, a través de la Secretaría de Seguridad y Justicia y la Secretaría de Gestión del Riesgo, velará por el cumplimiento riguroso de estas disposiciones en beneficio de la seguridad y bienestar de todos los habitantes de nuestro Distrito Especial.
tomado de: https://www.cali.gov.co/